CUENTA 40 Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar
Los tributos por pagar aluden a las obligaciones pecuniarias que se encuentra obligado a cumplir una persona,
de forma directa (contribuyente) o indirecta, en razón de una norma legal.
DETALLE
401 Gobierno Central. Incluye los tributos que representan ingresos del Gobierno Central, tanto por la empresa en su calidad de contribuyente como en su calidad de agente retenedor.
402 Certificados tributarios. Contiene los documentos recibidos por reintegro de tributos. Esta subcuenta es de naturaleza deudora.
403 Instituciones públicas. Incluye las obligaciones por contribuciones de la empresa en diferentes instituciones públicas, tales como las de seguridad social. Estas obligaciones se originan en los descuentos efectuados a los trabajadores y las aportaciones de la empresa.
405 Gobiernos regionales. Contemplado para la acumulación de obligaciones por tributos para los gobiernos regionales en el futuro. Por el momento, la ley no los ha establecido.
406 Gobiernos locales. Comprende el importe de tributos por concepto de licencias, arbitrios y otros impuestos municipales.
407 Administradoras de fondos de pensiones. Acumula las obligaciones por descuentos realizados a los trabajadores por aportes al Sistema privado de pensiones y al sistema público de pensiones (ONP).
408 Empresas prestadoras de servicios de salud. Incluye las obligaciones con las Empresas Prestadoras de Salud (EPS).
409 Otros costos administrativos e intereses. Incluye obligaciones por sanciones administrativas, tributarias y no tributarias, otros costos legales relacionados con deuda tributaria y otros con los niveles de gobierno en su capacidad sancionadora, e intereses moratorios y de fraccionamiento.
| Es debitada por: | Es acreditada por: |
| -El pago de la deuda tributaria, de aportes a los sistemas de pensiones y de salud. -Los pagos a cuenta del impuesto a la renta de cuenta propia. -El importe nominal de los certificados de reintegro tributario recibido. -El IGV acreditable. |
-El importe de todos los tributos a cargo de la
empresa. -El importe de los tributos retenidos, y aportes al sistema de pensiones. -El IGV facturado. -La venta o aplicación de los certificados tributarios. -Los aportes a los sistemas de pensiones. |

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