El Contrato de Trabajo
El contrato de trabajo marca
el inicio del vínculo laboral
entre trabajador y empleado. A través del mismo
el trabajador se compromete a prestar
sus servicios al empleador a cambio de
una remuneración, la cual constituye un
mecanismo de contraprestación. Generando esto derechos y obligaciones de ambas partes.
Si uno revisa el texto del artículo 4° de
la Ley de Productividad y Competitividad
Laboral, cuyo Texto Único Ordenado
fue aprobado por el Decreto Supremo
N° 003-97-TR, precisa que “En toda
prestación de servicios remunerados
y subordinados se presume, salvo
prueba en contrario, la existencia de
un contrato por tiempo indeterminado”.
Lo que se observa en este caso es
que se distinguen dos elementos propios
del contrato de trabajo. El primero de
ellos es el compromiso del trabajador de
prestar servicios remunerados a favor del
empleador y el segundo estaría representado
por el pago de parte del empleador
al trabajador por los servicios prestados.
Elementos esenciales en el contrato de trabajo
Cabe indicar que de manera concurrente deben existir tres elementos perfectamente identificables en un contrato de trabajo:
1.Prestación personal de servicios
Dentro de la contratación realizada por parte del empleador se exige que sea el trabajador quien preste los servicios; ello determina que la prestación de servicios es personalísima. La obligación del trabajador de poner a disposición del empleador su propia actividad laborativa , la cual es inseparable de su personalidad, y no un resultado de su aplicación que se independice de la misma
2.Remuneración
La Ley de Productividad y Competitividad Laboral define la remuneración en el texto del artículo 6º precisando que: “Constituye remuneración para todo efecto legal, el íntegro de lo que el trabajador recibe por sus servicios, en dinero o en especie, cualquiera sea la forma o denominación que tenga, siempre que sean de su libre disposición. Las sumas de dinero que se entreguen al trabajador directamente en calidad de alimentación principal, como desayuno, almuerzo, o refrigerio que lo sustituya o cena tienen naturaleza tributaria”.
3.Subordinación
Cabe indicar que para que exista un vínculo laboral debe existir previamente una RELACIÓN DE SUBORDINACIÓN, la cual se manifiesta en el ejercicio de tres poderes por parte del empleador respecto a sus subordinados. A fin de establecer la existencia de subordinación en la relación jurídica, el empleador deberá necesariamente contar con las siguientes facultades: normativa o reglamentaria, directriz y disciplinaria; ninguna de las cuales conlleva a afirmar que los elementos de exclusividad y/o permanencia en la prestación de los servicios sean características determinantes de la existencia de subordinación
ELEMENTOS DEL CONTRATO
Los elementos del contrato de trabajo permiten identificar y confirmar la existencia del mismo al interior de una empresa. Los elementos en mención son los siguientes:
- Duración indefinida
- Jornada a tiempo completo
- Exclusividad
- Prestación de servicios en el local del empleador
Características del contrato de trabajo
Debemos indicar que el contrato de trabajo tiene las siguientes características:
a) CONSENSUAL: Ello porque nace del simple acuerdo de voluntades de las partes (empleador y trabajador).
b) BILATERAL: Existe el interés de las dos partes: trabajador y empleador, de tal manera que cada una de las partes se obliga a cumplir una prestación a favor de la otra.
c) ONEROSO: Cada parte contratante debe cumplir con una prestación que signifique desprenderse de algo en beneficio de la otra: por parte del trabajador corresponde a la fuerza de trabajado y de parte del empleador la correspondiente remuneración.
d) CONMUTATIVO: Cuando se celebra el contrato de trabajo, las partes ya conocen las prestaciones a cargo que les corresponde: por un lado la entrega de la fuerza de trabajo (trabajador) y por otro el pago de la remuneración (empleador).
e) TRACTO SUCESIVO: La ejecución del contrato se ejecuta con el transcurrir del tiempo, manifestándose a través de prestaciones que se ejecutan permanentemente.
Elementos esenciales en el contrato de trabajo
Cabe indicar que de manera concurrente deben existir tres elementos perfectamente identificables en un contrato de trabajo:
1.Prestación personal de servicios
Dentro de la contratación realizada por parte del empleador se exige que sea el trabajador quien preste los servicios; ello determina que la prestación de servicios es personalísima. La obligación del trabajador de poner a disposición del empleador su propia actividad laborativa , la cual es inseparable de su personalidad, y no un resultado de su aplicación que se independice de la misma
2.Remuneración
La Ley de Productividad y Competitividad Laboral define la remuneración en el texto del artículo 6º precisando que: “Constituye remuneración para todo efecto legal, el íntegro de lo que el trabajador recibe por sus servicios, en dinero o en especie, cualquiera sea la forma o denominación que tenga, siempre que sean de su libre disposición. Las sumas de dinero que se entreguen al trabajador directamente en calidad de alimentación principal, como desayuno, almuerzo, o refrigerio que lo sustituya o cena tienen naturaleza tributaria”.
3.Subordinación
Cabe indicar que para que exista un vínculo laboral debe existir previamente una RELACIÓN DE SUBORDINACIÓN, la cual se manifiesta en el ejercicio de tres poderes por parte del empleador respecto a sus subordinados. A fin de establecer la existencia de subordinación en la relación jurídica, el empleador deberá necesariamente contar con las siguientes facultades: normativa o reglamentaria, directriz y disciplinaria; ninguna de las cuales conlleva a afirmar que los elementos de exclusividad y/o permanencia en la prestación de los servicios sean características determinantes de la existencia de subordinación
ELEMENTOS DEL CONTRATO
Los elementos del contrato de trabajo permiten identificar y confirmar la existencia del mismo al interior de una empresa. Los elementos en mención son los siguientes:
- Duración indefinida
- Jornada a tiempo completo
- Exclusividad
- Prestación de servicios en el local del empleador
Características del contrato de trabajo
Debemos indicar que el contrato de trabajo tiene las siguientes características:
a) CONSENSUAL: Ello porque nace del simple acuerdo de voluntades de las partes (empleador y trabajador).
b) BILATERAL: Existe el interés de las dos partes: trabajador y empleador, de tal manera que cada una de las partes se obliga a cumplir una prestación a favor de la otra.
c) ONEROSO: Cada parte contratante debe cumplir con una prestación que signifique desprenderse de algo en beneficio de la otra: por parte del trabajador corresponde a la fuerza de trabajado y de parte del empleador la correspondiente remuneración.
d) CONMUTATIVO: Cuando se celebra el contrato de trabajo, las partes ya conocen las prestaciones a cargo que les corresponde: por un lado la entrega de la fuerza de trabajo (trabajador) y por otro el pago de la remuneración (empleador).
e) TRACTO SUCESIVO: La ejecución del contrato se ejecuta con el transcurrir del tiempo, manifestándose a través de prestaciones que se ejecutan permanentemente.


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